Diez años de la reelección indefinida
Corte IDH: Los 10 daños que la reelección indefinida causa a la democracia (VIDEO)
"La concentración del poder implica la tiranía y la opresión", dice el documento oficializado esta mañana por la corte.
Página Siete Digital
La opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) establece que la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y a los principios en la Convención Americana y Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
En el documento, emitido el 7 de julio, la corte hace un repaso de los peligros que conlleva la democracia representativa, esta figura a la que apelaron en su momento tanto Evo Morales, expresidente de Bolivia, como Daniel Ortega, presidente de Nicaragua, para perpetuarse indefinidamente en el poder.
La Opinión Consultiva OC-28/21 sostiene que el proceso democrático requiere de ciertas reglas que limiten el poder de las mayorías expresado en las urnas para proteger a las minorías, por lo cual "las reglas de acceso al ejercicio del poder no pueden ser modificadas sin ningún límite por quienes temporalmente se encuentren ejerciendo el poder político”.
“[L]a perpetuación en el poder, o el ejercicio de éste sin plazo alguno y con manifiesto propósito de perpetuación, son incompatibles con el ejercicio efectivo de la democracia”, agrega.
La democracia —recuerda la Corte IDH— no solo consiste en llamar a elecciones cada cierto tiempo. si no
implica que haya pluralismo político, garantizar la alternancia en el poder y la separación de poderes.
“El mayor peligro actual para las democracias de la región no es un rompimiento abrupto del orden constitucional, sino una erosión paulatina de las salvaguardas democráticas que pueden conducir a un régimen autoritario, incluso si este es electo mediante elecciones populares. En consecuencia, las salvaguardas democráticas deberían prever la prohibición de la reelección presidencial indefinida”, sostiene el documento.
A continuación se enumeran los 10 puntos citados en la Opinión Consultiva OC-28/21
- “Afecta el Estado de Derecho”.
- La permanencia en funciones de un mismo gobernante por un largo período de tiempo tiene efectos nocivos en el régimen plural de partidos y organizaciones políticas, propio de una democracia representativa".
- “Favorece la hegemonía en el poder de ciertos sectores o ideologías”.
- “La permanencia en funciones de una misma persona en el cargo de la Presidencia de resulta en el menoscabo de los derechos políticos de los grupos minoritarios”.
- “Conlleva el debilitamiento de los partidos y movimientos políticos que integran la oposición, al no tener una expectativa clara sobre su posibilidad de acceder al ejercicio del poder”.
- “La permanencia en el poder de un Presidente por un largo período de tiempo afecta la independencia y la separación de poderes”. La separación e independencia de los poderes públicos supone la existencia de un sistema de control y de fiscalizaciones, como regulador constante del equilibrio entre los poderes públicos.
- "Al ocupar el cargo de Presidente la misma persona por varios mandatos consecutivos se amplía la posibilidad de nombrar o remover a los funcionarios de otros poderes públicos, o de aquellos órganos encargados de controlarlos".
- "Los Presidentes que buscan la reelección tienen una amplia ventaja de exposición mediática y de familiaridad para los electores.
- "El cargo de la Presidencia brinda a la persona que lo ocupa una posición privilegiada para la contienda electoral. Mientras mayor sea el tiempo de permanencia en el cargo, mayor será esta ventaja".
- "Además, si los sistemas de control al Presidente no se encuentran funcionando, estos pueden utilizar recursos públicos para, directa o indirectamente, favorecer su campaña de reelección".
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