Los gobiernos de facto también “inaplicaron” artículos de la CPE

Los gobiernos de facto también “inaplicaron” artículos de la CPE

El jurista advierte que los magistrados podrían cometer delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a la Constitución si dictan un fallo favorable al MAS.

Los gobiernos de facto también “inaplicaron” artículos de la CPE
Del Granado fue Alcalde de La Paz durante una década. Foto:Archivo / Página Siete
Página Siete  / La Paz

El abogado y exalcalde de La Paz, Juan Del Granado, afirmó que los dictadores también decretaban que la Constitución Política del Estado no se aplique en todo lo que fuese contrario a sus intereses.

En una entrevista con Página Siete, el político dijo que "es penoso constatar que Evo Morales, al pedir que se declare inaplicable la Constitución, se parezca tanto a los exdictadores que, cuando iniciaban sus gobiernos de facto, decretaban que la CPE no se aplicaba en todo lo que fuese contrario a sus propósitos”.

"Está claro que la prohibición constitucional de reelección indefinida es contraria a los propósitos del gobierno del MAS y por tanto están buscando su inaplicabilidad vía Tribunal Constitucional, en similitud inocultable a los usurpadores de la voluntad popular” manifestó.

El partido azul, mediante un recurso abstracto, busca que el Tribunal Constitucional Plurinacional "inhabilite” cuatro artículos de la Carta Magna que establecen límites a la reelección continua de autoridades electas, entre ellas el Presidente.

El ente de control constitucional admitió el memorial y está en el plazo para dictar un fallo sin considerar la decisión del soberano que en el referendo del 21 de febrero de 2016 dijo No a una nueva postulación del presidente Evo Morales y la modificación del artículo 168 de la CPE.

Consultado sobre si los magistrados del TCP serán conscientes de que con un fallo favorable podrían minar la Carta Magna, dijo que "de no serlo es bueno que mediten lo que harán con el ‘recurso’ masista, que ya lo han admitido abriendo el camino de la ‘inaplicabilidad’”.

"No está de más recordar las reflexiones que muchos juristas hicimos en las semanas anteriores solicitando el rechazo in límine, especialmente referidas a la incompetencia del Tribunal para ‘inaplicar’ o reformar la Constitución, mucho más tratándose de cosa juzgada”, exhortó.

Una resolución favorable al MAS significaría "desconocer al poder constituyente que aprobó la Constitución Política del Estado el año 2009 y que ratificó las prohibiciones de su artículo 168 el año 2016 con motivo del referendo, pero además de ello supondría poner de cabeza el sistema interamericano de derechos humanos y el pacto de San José que consagran el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos pero en ningún caso el supuesto derecho de los gobernantes a perpetuarse en el poder”.

Las autoridades del Tribunal Constitucional, entidad llamada a defender la Constitución y la institucionalidad democrática, podrían incurrir en delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a la Constitución que son sancionados con 10 años de prisión ampliables a 13 años con el agravante de daño económico al Estado porque se habría erogado "inútilmente” más de 150 millones de bolivianos en un referendo (21F) que quedaría sin efecto.

"Estos delitos son además imprescriptibles por disposición del artículo 112 de la Constitución y de la Ley 044 de juzgamiento de dignatarios de estado, vale decir que al ser delitos que ‘causan grave daño económico’ al Estado, ‘son perseguibles en todo tiempo y no admiten régimen de inmunidad’”, explicó.

El abogado de la parte civil que logró el encarcelamiento del dictador Luis García Meza insistió en que los integrantes del Tribunal Constitucional "deberían reflexionar sobre las consecuencias de un fallo delictivo como el que está solicitando el MAS” porque tendrá "graves consecuencias institucionales” y sobre el riego personal "que tendrán que afrontar más temprano que tarde cuando, así dejen sus funciones, teniendo que explicar su conducta tanto en un  juicio de responsabilidades cuanto en un proceso penal ordinario que, frente a delitos imprescriptibles se interpondrá en los próximos años, cuando se  haya restablecido mínimamente la institucionalidad, la independencia de poderes, la representación parlamentaria y la imparcialidad en la administración de justicia”.

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